9 de enero de 2013

La constitución del paciente.


A la hora de planificar el tratamiento es especialmente importante tener en cuenta la constitución del paciente.

La constitución física está definida por el conjunto de componentes psíquicos y físicos de un individuo, representados por las "Tres Joyas" o “Tres Tesoros”:

·         Esencia o Sustancia Basal (Jing): nos indica el sustrato del Yuan Qi.

·         Qi: se refiere más al "Qi adquirido".

·         Shen: su estado viene determinado por la combinación de las anteriores.

La Sustancia Basal se relaciona el estado de los huesos, la capacidad intelectual y la memoria. Asimismo unos buenos Zheng Qi y vitalidad son signos de una buena Sustancia Basal.

El estado del Qi (adquirido) se refleja, entre otros, en la funcionalidad general y el pulso.

En cuanto al Shen, está determinado por la interacción entre la Sustancia Basal y el Qi, es decir, la constitución heredada y la constitución adquirida.  El Shen se expresa también en los ojos y en la mirada.

Aparte de valorar el estado de Jing, Qi y Shen, hay que tener en cuenta el tipo constitucional del paciente. Existe una clasificación según los Cinco Elementos o Las Cinco Constituciones según el Neijing que pueden aproximar el tipo de constitución que presenta el paciente y hacer un pronóstico para el desarrollo de la enfermedad.

En la clasificación se contempla la constitución física, los movimientos, rasgos del carácter, la fortaleza de un determinado sistema o Órgano (Metal – Pulmones; Tierra – Músculos, Agua – Digestión, Madera – Tendones y Huesos; Fuego – Sangre y Vasos Sanguíneos). Naturalmente se pueden combinar dos o más tipos constitucionales en una misma persona.

En muchos casos existe correspondencia entre la raíz de la patología y la constitución: si una persona tiene una debilidad pulmonar constitucional puede presentar una tendencia a padecer síndromes de afectación pulmonar.

Por ejemplo, si un paciente de tipo metal tiene la voz débil, es más grave que si lo tuviera otro tipo constitucional ya que puede indicar un déficit congénito de su constitución.

Una persona con una constitución Tierra debería presentar un desarrollo muscular bueno. De no ser así podría padecer afecciones reumáticas o dolorosas, causadas por un déficit constitucional que afectaría a la esfera muscular.

Siempre será importante encontrar el equilibrio entre el tratamiento específico y el tratamiento constitucional ya que implican, en cierto modo, el tratamiento de la Manifestación y de la Raíz.


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