¿Cuál es la situación sobre la regulación de las terapias naturales en estos momentos en España? Este año además se me ha pedido que haga un artículo para publicarlo en el Journal of TCM y ello no me ha supuesto esfuerzo alguno puesto que ya tenía una serie de notas tomadas para las reuniones que voy a tener en próximas fechas por mi participación en la reunión anual del Educational Instruction Committee de WFCMS en Tianjin y los Congresos de WFCMS en Malasia y de WFAS en Como cada año por estas fechas, se me pregunta desde la Comisión Académica de la Indonesia, además de reuniones con diferentes Universidades y con colegas de todo el mundo.
En
España, realmente después del informe emitido
sobre las terapias naturales por la Comisión encargada del mismo en el seno
de la Comisión de Sanidad del Parlamento Español, no hemos observado grandes
movimientos de interés, si exceptuamos un informe
de la Comisión de Medicinas no Convencionales de la Organización Médica
Colegial y algunos e-mails masivos con pretensión alarmista enviados por
algunos colectivos del sector y que nada tiene que ver con cuestiones
regulatorias. Tampoco, con la que está cayendo, por cuestión de prioridades, no
veo intención alguna por parte de nuestro Gobierno de entrar en harina en la
materia que nos ocupa.
“…con la que está cayendo, por cuestión de
prioridades, no veo intención alguna por parte de nuestro Gobierno de entrar en
harina en la materia que nos ocupa.”
En
cambio, sí se ha producido un movimiento importante en Francia, que conviene resaltar. Dicho movimiento consiste en que el
Centro de Análisis Estratégico, que depende directamente del Gabinete del
Primer Ministro, ha publicado una nota de análisis en este mes de octubre de
2012 que con el Nº 290 aborda el tema de la respuesta que deben dar los poderes
públicos a la situación actual de las
medicinas no convencionales.
Entre
otras cuestiones destaca la necesidad de abrir una plataforma de información
sobre el nivel de conocimiento actual de las medicinas no convencionales, las
plantas medicinales y los practitioners del sector. También destaca la
necesidad de realizar un estudio riesgo-beneficio y coste-beneficio con el fin
de decidir sobre la pertinencia de prohibir o disuadir el recurso a ciertas
prácticas y de promover otras, vía recomendaciones de la Alta Autoridad
Sanitaria. Para aquellos casos en los que el coste-beneficio sea favorable
plantea la necesidad de incluirlas en el sistema de reembolso. También plantea
establecer la regulación de los terapeutas en prácticas no convencionales, con
la obtención de una licencia condicionada a la superación de un examen
teórico-práctico. Asimismo la regulación de las ofertas formativas en escuelas
privadas. Por último, propone introducir en los actuales estudios sanitarios y
parasanitarios módulos formativos de iniciación a medicinas no convencionales
para que dichos profesionales, en el futuro, puedan informar a sus pacientes de
las ventajas y riesgos eventuales.
En
principio, nada nuevo bajo el sol, pero ¿cuál es la novedad?. Sencillamente,
que Francia dé un paso adelante en este sentido tiene mucha importancia. Me
explicaré.
Siempre
hemos defendido que la regulación de las terapias naturales vendría por la vía
de una Directiva Europea. Como sabemos hay una línea divisoria muy marcada
entre el norte de Europa donde hay una actitud permisiva, con un derecho
anglosajón y un sistema de autorregulación por el propio sector, y los países
del sur, en los que a pesar de ser una realidad palpable, al ser de tradición
basada en el derecho romano y con un sistema regulado de colegios
profesionales, la situación jurídica de
los practitioners es de indefensión, a pesar de la permisibilidad observada en
los últimos años, creemos que influenciada en nuestras autoridades por la
realidad internacional. Nótese la regulación en Australia, en Chile, en muchos países
asiáticos, etc. Y hablando de Europa, lo que ha cambiado en los últimos años es
una regulación en Inglaterra a través de un Practitioner’s Register en el
sector (autorregulación) y la continuidad de los mismos criterios permisivos en
el resto de países del Norte, con la excepción del caso de Alemania que tiene
una regulación desde hace muchos años (Helpractikers). En los países del Sur,
Portugal ha aprobado una Ley al respecto en la línea de los países del Norte,
aunque estamos pendientes de que se publique el Reglamento que la desarrolle.
En Italia, si bien no ha habido ningún movimiento regulatorio, sí existe un
Acuerdo entre los Ministerios de Sanidad de dicho país y de China para avanzar
en su reconocimiento, por la vía de la investigación, la colaboración y el
intercambio de experiencias. Ya hemos comentado la situación en España y ningún
movimiento es remarcable de la situación en Grecia.
El
hecho de que las autoridades francesas y precisamente a través del Gabinete del
Primer Ministro, se interesen por solucionar la problemática actual respecto de
las Medicinas No Convencionales en dicho país, a pesar de también estar
ocupados con la crisis económica, tiene una gran importancia, puesto que la
tradición francesa, a diferencia de la española, nos dice, que cuando se inicia
un debate sobre un tema de interés, acaba en regulación.
Sigo
pensando que la regulación vendrá por una Directiva Europea, pero el hecho de
que en los últimos años haya habido los cambios aquí enumerados facilita las
cosas, además de la influencia que pueda tener el hecho de que desde China ya
se han puesto las pilas para presionar en el tema y que desde ISO Internacional
ya se esté trabajando en la estandarización de la MTC a través del TC249 MTC.
“Sigo pensando que la regulación vendrá por una Directiva Europea…”
Por
el momento, mientras llega la regulación, desde mi perspectiva, lo importante
es la profesionalidad de los ejercientes, la seriedad y el nivel de estudios de
las escuelas del sector (mi recomendación es estudiar en Escuelas en la que
sólo se dé una de las medicinas no convencionales y no en las que hacen de
todo) y avanzar en cursos especializados de formación continuada, para que
cuando llegue la regulación se pueda acreditar documentalmente el nivel
adquirido y poder obtener la licencia que habrá de permitir continuar
trabajando, a los ejercientes antes de dicha regulación.
En
cuanto a cómo debería ser la regulación, conocida es mi posición al respecto de
que los estudios de medicina china deben ser unos estudios Universitarios de
Grado, como así se desprende de la realidad de otros países y, sobre todo, de
la posición del Educational Instruction Committee de WFCMS, en cuanto a los
programas de estudios.
“…los estudios de medicina china deben ser unos estudios Universitarios
de grado"
Fuente: Dr. Ramón María Calduch
Vicepresidente de la Fundación Europea de MTC
Vicepresidente de la Fundación Europea de MTC
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